Servicios Residenciales
Hogares y residencias
DEFINICIÓN Y OBJETIVOS
Son hogares alternativos cuya finalidad es atender de manera integral a aquellos/as niños/as y adolescentes que, por distintas causas, no pueden ser cubiertas al menos temporalmente, sus necesidades materiales, afectivas y educativas en el seno de su propia familia.
El objetivo final de estos centros es la socialización del la persona menor de edad y la normalización de su vida, por medio de un trabajo personalizado que ayude a las chicas y a los chicos a su propio crecimiento personal.
De forma integral se trabajan las áreas familiar, personal, social y escolar a través de la pedagogía de la vida cotidiana.
PERSONAS BENEFICIARIAS
Las personas que pueden beneficiarse de estos servicios han de cumplir los siguientes requisitos:
- Que el Consejo del Menor haya asumido su tutela legal o que sus progenitores o tutores hayan solicitado a dicho órgano que asuma temporalmente su guarda
- Tener una edad comprendida entre 3 y 18 años
- Que residan en Álava o se hallen eventualmente en territorio alavés
- Informe favorable de la Comisión de Valoración y Orientación de Infancia
NORMATIVA REGULADORA
- Decreto Foral 469/85, de 5 de Noviembre, por el que se constituye el Consejo del Menor y se establece su composición.
B.O.T.H.A. nº 131, de 15 de Noviembre de 1.985 - Decreto Foral 564/85, de 12 de Noviembre, del Consejo de Diputados por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento del Consejo del Menor y se designan vocales del mismo.
B.O.T.H.A. nº 132, de 18 de Noviembre de 1.985 - Ley 21/87, de 11 de Noviembre, por la que se modifican determinados artículos del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de adopción
B.O.E. nº 275, de 17 de Noviembre de 1.987 - Ley Orgánica 1/1.996, de 15 de Enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil
B.O.E. nº 15, de 17 de Enero de 1.996 - Convenio de colaboración con la Asociación Nuevo Futuro para la atención residencial de menores que carecen de una situación familiar adecuada
Firma: 31/05/00
Centro para menores con dificultad de adaptación SANSOHETA
DEFINICIÓN Y OBJETIVOS
Es un servicio residencial y de atención de día, destinado a la atención integral de menores de entre 12 y 18 años del Territorio Histórico de Álava, cuyas situaciones de riesgo socio-familiar han generado necesidades asistenciales y educativas e incluso han provocado un cierto grado de desestructuración personal y trastornos de conducta, que obstaculizan seriamente su adaptación al medio social.
Su objetivo fundamental es la prevención de la marginación juvenil, incidiendo especialmente en las consecuencias que se derivan de la inadaptación social a través de un proyecto educativo que contempla todas las áreas para un desarrollo humano completo.
PERSONAS BENEFICIARIAS
Menores en edades comprendidas entre los 12 y los 18 años, que se encuentran en situaciones de desprotección -en régimen de tutela o guarda- y que por sus características personales son propuestos desde la Comisión de Valoración y Orientación de Infancia.
NORMATIVA REGULADORA
- Decreto Foral 469/85, de 5 de Noviembre, por el que se constituye el Consejo del Menor y se establece su composición.
B.O.T.H.A. nº 131, de 15 de Noviembre de 1.985 - Decreto Foral 564/85, de 12 de Noviembre, del Consejo de Diputados por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento del Consejo del Menor y se designan los vocales del mismo.
B.O.T.H.A. nº 132, de 18 de Noviembre de 1.985 - Ley 21/87, de 11 de Noviembre, por la que se modifican determinados artículos del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de adopción
B.O.E. nº 275, de 17 de Noviembre de 1.987 - Ley Orgánica 1/1.996, de 15 de Enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
B.O.E. nº 15, de 17 de Enero de 1.996 - Adjudicación de la gestión del Hogar socio-educativo Sansoheta a la Asociación IZAN
Firma: 31/12/98
Centro para mujeres gestantes y/o con hijos/as lactantes
DEFINICIÓN Y OBJETIVOS
El Centro para mujeres gestantes es un recurso que ofrece temporalmente acogida, apoyo y atención educativa y social a mujeres y adolescentes embarazadas (y/o, en su caso, con hijos/as lactantes) que, por su situación, carecen tanto de apoyo familiar como social.
Tiene por objeto:
- Cubrir necesidades básicas de alojamiento y manutención
- Preparar emocionalmente a la futura madre para hacer frente a la maternidad
- Fomentar el mantenimiento de la relación con la familia de origen
- Proporcionar un espacio educativo para la normalización e integración de la mujer en las redes sociales normales
- Procurar servicios médicos y psicológicos, así como asesoramiento legal y de planificación familiar
PERSONAS BENEFICIARIAS
- Mujeres gestantes y/o con hijos/as lactantes
- Sin límite de edad
- Carencia de todo tipo de recursos
- En situación de alto riesgo
- O que desean ocultar su situación de embarazo
GESTIÓN
Convenio de colaboración para la gestión de un servicio de atención a mujeres gestantes, suscrito entre el Departamento de Bienestar Social y la Comunidad Religiosa Hermanas Oblatas del Santísimo Redentor.
Firma: 07/04/00
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