ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Servicios/Recursos:
Instituciones/Asociaciones/Organismos
- Comisión Técnica de Adopción Internacional, órgano consultivo de la Dirección de Bienestar Social del Gobierno Vasco, cuya función es la de estudiar y elevar propuestas sobre la habilitación de Entidades Colaboradoras para la adopción internacional.
- Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional, que realizan servicios de mediación y tienen como finalidad la integración de los niños/as y adolescentes en una familia.
Personas o técnicos Sociales
- Gobierno Vasco, Dirección de Bienestar Social, técnico de Servicios Sociales.
- Diputaciones Forales, Jefes de Servicio de Infancia y Juventud.
Programas de Actuación:
Descripción
- Habilitación de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional que realicen servicios de mediación y que tengan como finalidad la integración de los niños/as y adolescentes en una familia.
Prestaciones
- Las Entidades deberán reunir una serie de requisitos para ser habilitadas como Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional por el Director de Bienestar Social del Gobierno Vasco. Podrá dejarse sin efecto la habilitación definitiva o temporalmente en determinados supuestos.
Las Entidades Colaboradoras deberán realizar una serie de actuaciones previas y posteriores a la adopción, y estarán somitidas sus actividades a control e inspección por parte de la Dirección de Bienestar Social del Gobierno Vasco.
Subvenciones/Ayudas
- No está previsto se concedan ayudas o subvenciones a las ECA's por este concepto. Estas Entidades Colaboradoras son Asociaciones o Fundaciones sin ánimo de lucro, cuyos ingresos provienen fundamentalmente de los gastos de tramitación imputados a los solicitantes de adopción internacional.
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